- Por no reportar en el pasado proceso electoral, el egreso relativo a la producción, edición y post-producción de dos videos para redes sociales.
Graciela Rosales/La Voz de Durango
La Comisión de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE), declaró fundado el procedimiento administrativo sancionador electoral en materia de fiscalización instaurado en contra del partido político Movimiento Ciudadano (MC) y su candidato al cargo de Presidente Municipal de Durango, Durango, el C. José Ramón Enríquez Herrera, en el Proceso Electoral Local Ordinario 2018-2019 en el estado de Durango, por lo que se le multa con $34,000.00; por no reportar en el pasado proceso electoral, el egreso relativo a la producción, edición y post-producción de dos videos para redes sociales.
Por lo tanto, se ordena a la Unidad Técnica de Fiscalización que cuantifique la cantidad de $34,000.02 (treinta y cuatro mil pesos 02/100 M.N.), mismo que no fue reportado por el instituto político, por lo que deberá sumarse a las cifras finales de gastos de campaña dictaminados en el Proyecto de Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral respecto del procedimiento de queja en materia de fiscalización de los recursos de los partidos políticos, según el número de expediente INE/Q-COF-UTF/114/2019/DGO
Se sobresee procedimiento administrativo sancionador electoral, en lo referente a presuntos actos anticipados de campaña por promoción de imagen de manera personalizada y exacerbada del C. José Ramón Enríquez Herrera, al emitir propaganda gubernamental ilegal con recursos públicos, ya que la H. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial resolvió lo conducente, sin haber detectado alguna posible vulneración en materia de fiscalización de los recursos de los sujetos obligados. toda vez que las sentencias emitidas por esta autoridad son definitivas e inatacables, con excepción de aquellas que sean susceptibles de impugnarse a través del recurso de reconsideración.
También se declaró infundado el procedimiento administrativo sancionador electoral en materia de fiscalización instaurado en contra del partido político Movimiento Ciudadano y su candidato José Ramón Enríquez Herrera, por presuntamente omitir reportar gastos y aportaciones de entes prohibidos o no identificados en el Informe de Campaña correspondiente al Proceso Electoral Local Ordinario 2018-2019, ya que se advirtió que se registraron contablemente los gastos relativos a los eventos denunciados, tales como arrendamiento de inmuebles y camiones, mobiliario, equipo de sonido, sillas, carpas, templetes, servicios de alimentos, pautado en redes sociales y propaganda utilitaria, entre otros.
Sobre publicaciones hechas en la red social Facebook por parte del candidato Enríquez Herrera, en las que se mostraban las operaciones quirúrgicas realizadas por el ciudadano, y que presuntamente lo posicionaban en una ventaja ante el electorado, en el caso concreto no se presenta una concurrencia que afecte la equidad en la contienda electoral o algún beneficio que se tenga que contabilizar como gasto en el marco del proceso electoral, ya que la actividad profesional del Enríquez Herrera por sí misma no implica un beneficio que ponga en desventaja financiera frente a los demás contendientes ni constituye un gasto que debía reportarse en el informe de ingresos y gastos de campaña para el Proceso Electoral Local Ordinario 2018-2019 en el estado de Durango, ni mucho menos una aportación de persona prohibida.

