Ayuntamientos son quienes regulan actividades: SGG

0
41
  • Durante los semáforos.
  • El Consejo de Salubridad General, no ha emitido alguna restricción a nivel nacional con respecto a la pandemia.

Alejandro Valencia / La Voz de Durango

El único órgano facultado para poder restringir la actividad comercial dentro de una pandemia a nivel nacional es el Consejo de Salubridad General (CSG) que corresponde al gobierno federal, sin embargo, no ha emitido alguna acción de esta índole y parece ser que así continuará.

Debido a esto, se ha generado una considerable disparidad con respecto a las medidas sanitarias de los gobiernos estatales y municipales de las 32 entidades federativas durante los semáforos epidemiológicos, así lo explicó Héctor David Flores Ávalos, secretario General del Gobierno del Estado.

Con respecto a lo local, comentó que homologaron las acciones en los 39 ayuntamientos del estado.

“No es lo mismo lo que sucede en Durango, que lo que sucede en La Laguna, en Mazatlán, en cualquier otra ciudad y desde luego en cualquier otro estado, entonces lo que ha hecho el estado es un esfuerzo en homologar estos criterios a través de la Mesa de Seguridad de Salud.

No obstante, son los gobiernos municipales en el ámbito de su competencia los que regulan los establecimientos mercantiles, horarios, aforos, accesos, en virtud de ello, los ayuntamientos son los responsables de llevar a cabo las medidas preventivas en esta pandemia y que integren al Bando de Policía y Buen Gobierno.