Durango inicia funcionamiento de tribunales laborales

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  • Desaparecen Juntas de Conciliación y Arbitraje. 
  • El bloque de esta primera etapa está integrado por 8 estados: Durango Campeche, Chiapas, Estado de México, San Luis Potosí, Tabasco y Zacatecas.

Graciela Rosales/La Voz de Durango

El Poder Judicial de la Federación y los Poderes Judiciales de los Estados de Durango, Campeche, Chiapas, Estado de México, San Luis Potosí, Tabasco y Zacatecas, iniciaron la primera etapa del funcionamiento de los tribunales laborales, informó el magistrado presidente, Esteban Calderón Rosas.

El presidente del Poder Judicial en la entidad duranguense, explicó que con la creación de los Centros Laborales y los Centros de Conciliación y Registro Laboral, desaparecerán gradualmente las Juntas Federales y Locales de Conciliación y Arbitraje.

Este sistema de justicia laboral, además de establecer como requisito previo una etapa prejudicial obligatoria, ante los Centros de Conciliación y Registro Laboral que estarán a cargo de las Secretarías de Trabajo y Previsión Social de la Federación y de los Estados, privilegiará la conciliación entre las partes, en cualquier etapa del proceso judicial antes del dictado de la sentencia.

Quedan exceptuados de la etapa conciliatoria, los conflictos relacionados con discriminación en el empleo, prestaciones de seguridad social, trata, trabajo forzado e infantil, libertad de asociación y sindical, entre otros.

Durango, contará con dos tribunales laborales, uno en la capital y otro en la ciudad de Gómez Palacio, los cuales iniciarán a operar con carga cero.

Ahora, los juicios laborales serán ágiles, modernos y dinámicos y tendrán una duración máxima de seis meses, los tribunales laborales serán competentes para conocer los conflictos laborales que se susciten entre trabajadores y patrones, entre sindicatos y los conflictos de huelga.

El procedimiento de los juicios laborales contempla dos fases, la escrita que es la presentación y contestación de la demanda en la oficialía de partes; la demanda deberá acompañarse de la constancia expedida por el Centro de Conciliación que acredita la conclusión del procedimiento conciliatorio prejudicial sin acuerdo entre las partes.

Los documentos que acrediten la personalidad de su representante y las pruebas de que disponga el actor, también la reconvención, replica y contrarréplica.

 

 

 

El procedimiento de los juicios laborales contempla dos fases, la oral que consta de la audiencia preliminar en donde se resolverán las acciones dilatorias y se fijaran los hechos no controvertidos, se admitirán o desecharan las pruebas, se citara a la audiencia de juicio y se resolverá el recurso de reconsideración.

La audiencia de juicio, se desahogaran las pruebas admitidas, se dicta sentencia y en ambas audiencias se contará con la presencia ineludible del juez y podrán realizarse por videoconferencia.

Los casos excepcionales en los cuales el juez podrá dictar sentencia dentro de los cinco días siguientes son cuando así se justifique por el cumulo de hechos controvertidos o bien de las pruebas rendidas.

En Durango, Magistrados y consejeros de la Judicatura, atestiguaron la designación como jueces de primera instancia de los licenciados Sergio Ricardo Ramos López y Sergio Hernández Carrillo quienes rindieron la protesta de ley  para luego imponerles  la toga, investidura de los impartidores de justicia, cargo que llevaran a cabo en Durango y Gómez Palacio, respectivamente.