A través de redes sociales se hizo viral la inconformidad de miles de tarjetahabientes y usuarios de estos servicios por la fiscalización aplicada por el SAT a partir de este año para tarjetas de crédito y débito, el no usarlas fue a partir del domingo y hoy lunes 6 de enero.
Josélo Fuentes Delgado/La Voz de Durango
En redes sociales, WhatsApp, principalmente circula un exhorto para usuarios y tarjetahabientes, en base al artículo 91 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en la que trata de la discrepancia fiscal que existía desde el 2016, pero recientemente causó pánico por las repercusiones que puede tener y el añadido de la factura inmediata.
Quienes promovieron este movimiento lo hicieron con el fin de mandar un mensaje al sistema financiero de que los ciudadanos no están de acuerdo con la armonización entre los pagos con tarjeta y la fiscalización, “vale la pena apoyar esta iniciativa para hacer sentir el peso del contribuyente y que las autoridades del SAT no quieren escuchar”, señala un comunicado justificando tal acción.
FUNDAMENTO
La discrepancia fiscal es la diferencia que se produce cuando un contribuyente durante un año de calendario realiza gastos e inversiones superiores a sus ingresos, declarados o sin declarar, colaborando con alguna otra información con la que cuenten las autoridades fiscales, sin importar que haya sido proporcionada por un tercero conforme al artículo 91 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).
Se consideran gastos, no las entendidas como tal para la LISR, efectuadas por cualquier persona física las consistentes en gastos, adquisiciones de bienes, depósitos en cuentas bancarias y en inversiones financieras o tarjetas de crédito.
Dichos gastos se presumirán ingresos tratándose de individuos no inscritos en el Registro Federal de Constribuyentes (RFC), o bien que no presenten declaraciones a las que están obligados, o exhibiéndolas reporten ingresos menores a sus gastos.
Aquellos que perciban ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio profesional subordinado y no estén obligados a declarar, se considerarán como ingresos los manifestados por la parte patronal.
A razón de este artículo de la Ley del ISR creado en el 2016 y actualizado en el 2020, fue que nació este movimiento cibernético que se viralizó en WhatsApp.