Se requieren 13 mil firmas para registro como candidato independiente

  • Para la gubernatura.
  • Emite convocatoria el IEPC sobre candidaturas por esta vía a la gubernatura y los 39 Ayuntamientos.

Rosy Gaucín/La Voz de Durango

  • Emite convocatoria el IEPC sobre candidaturas por esta vía a la gubernatura y los 39 Ayuntamientos.

Rosy Gaucín/La Voz de Durango

El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Durango (IEPC) en sesión extraordinaria aprobó la expedición de las convocatorias y los lineamientos del procedimiento para el registro de aspirantes, dirigida a la ciudadanía que desee participar por la vía de una candidatura independiente en el marco del Proceso Electoral Local 2021 – 2022, en el cual se renovará la titularidad del Poder Ejecutivo y la integración de los Ayuntamientos en el estado de Durango.

En la Convocatoria para Gubernatura del estado, se dio a conocer que las personas interesadas deberán reunir cuando menos, la cantidad de firmas de la ciudadanía, equivalente al 1 por ciento de la lista nominal de electores con corte al 31 de agosto del año previo al de la elección y estar integrada por electorado de por lo menos veinte municipios, que sumen cuando menos el 0.5 por ciento, de la ciudadanía que figure en la lista nominal de electores de cada una de ellos.

Con corte al 31 de agosto de 2021, la cantidad de firmas requeridas, es del 1 por ciento de la lista nominal a la gubernatura, que serían 13 mil 079.

Las personas interesadas deberán observar los requisitos previstos en el artículo 91 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango y 292, numeral 2 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Durango, que se enlistan a continuación: ser persona ciudadana duranguense por nacimiento en pleno goce de sus derechos y haber residido en el Estado al menos durante los últimos tres años anteriores al día de la elección o siendo ciudadana mexicana por nacimiento, tener una residencia efectiva en el Estado, no menor de cinco años anteriores al día de la elección.

Asimismo,  tener treinta años cumplidos al día de la elección, no pertenecer al estado eclesiástico, ni ser desempeñar el Ministerio de algún culto religioso;  no estar en servicio activo, en caso de pertenecer al Ejército, cuando menos un año antes del día de la elección y no ser Secretario/a o Subsecretario/a, Consejero/a o Comisionado/a de un órgano constitucional autónomo, Magistrado/a o Consejero/a del Poder Judicial, Auditor/a Superior del Estado, Presidente Municipal, Síndico/a o Regidor/a del Ayuntamiento, servidor/a público/a de mando superior de la Federación, a menos de que se separe de su puesto cuando menos ciento veinte días antes del día de la elección, entre otros.

A partir del día siguiente a aquél en que se emita la respectiva convocatoria y hasta el 22 de diciembre de 2021, la recepción de solicitud de intención, será del 23 al 29 de diciembre de 2021 y       la entrega de constancias a aspirantes a una Candidatura Independiente 2 de enero al 10 de febrero de 2022.

 

En el caso de las candidaturas independientes para los Ayuntamientos de Durango, el porcentaje de apoyo, se deberá reunir cuando menos, la cantidad de firmas de la ciudadanía, equivalente al 1 por ciento, de la lista nominal de electores correspondiente al Municipio en cuestión, con corte al 31 de agosto del año previo al de la elección y estar integrada por la ciudadanía de por lo menos la mitad de las secciones electorales que sumen cuando menos el 0.5 por ciento, de la ciudadanía que figure en la lista nominal de electores en cada una de ellas.

r de la Federación, a menos de que se separe de su puesto cuando menos ciento veinte días antes del día de la elección, entre otros.

A partir del día siguiente a aquél en que se emita la respectiva convocatoria y hasta el 22 de diciembre de 2021, la recepción de solicitud de intención, será del 23 al 29 de diciembre de 2021 y    la entrega de constancias a aspirantes a una Candidatura Independiente 2 de enero al 10 de febrero de 202.

En el caso de las candidaturas independientes para los Ayuntamientos de Durango, el porcentaje de apoyo, se deberá reunir cuando menos, la cantidad de firmas de la ciudadanía, equivalente al 1 por ciento, de la lista nominal de electores correspondiente al Municipio en cuestión, con corte al 31 de agosto del año previo al de la elección y estar integrada por la ciudadanía de por lo menos la mitad de las secciones electorales que sumen cuando menos el 0.5 por ciento, de la ciudadanía que figure en la lista nominal de electores en cada una de ellas.

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