Propone Joel Corral sanciones a quien suministre medicamento caduco

  • Se debe garantizar el derecho a la salud de todos los duranguenses: diputado.
  • Se castigará a los profesionales de la medicina que realicen un procedimiento inadecuado.

Durango, Dgo.

Con la finalidad de imponer de dos a seis años de prisión a los profesionales de la medicina que suministren medicamento o sustancia caduca y realicen procedimientos inadecuados en la aplicación de los mismos o  en intervenciones quirúrgicas, el diputado Joel Corral Alcántar presentó un paquete de reformas a tres leyes vigentes para sancionar estas malas prácticas.

“Lamentablemente los decesos a consecuencia de meningitis, ocasionada por intervenciones quirúrgicas o partos realizados en nuestra entidad, vulneran el derecho a la salud”, destacó al realizar la ampliación de motivos de la propuesta de modificación al Código Penal a la Ley de Salud Mental y a la Ley de Salud del Estado.

En este sentido, el también coordinador del Grupo Parlamentario del PAN, consideró que se debe estar preparado para afrontar de la mejor manera posible una situación semejante y con ello, se brinde el mejor servicio posible y el marco jurídico efectivo para las sanciones respectivas.

“La prioridad es contar con la capacidad normativa y de asistencia para las personas que se lleguen a enfrentar casos semejantes de salud pública en nuestra entidad”, comentó el legislador.

De esta manera, en el Código Penal del Estado también se propone establecer una multa de 144 a 432 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), así como la suspensión para ejercer la profesión de uno a tres años.

En lo que se refiere a la Ley de Salud Mental para el Estado se busca plasmar la obligación de  habilitar, implementar, vigilar y regular unidades de atención en la materia, para atender a los afectados directamente, pero también a sus hijos y a su familia en general, por las consecuencias emocionales de quienes padecen y viven estas situaciones.

En lo relativo a la Ley de Salud se especifica que la atención a la mujer, durante el embarazo, el parto y puerperio, sea integral y se incluya, la atención psicológica que requiera de manera obligatoria.

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