Crearán dos tribunales laborales: PJED

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  • Iniciarán con carga cero. 
  • Remplazarán a las Juntas de Conciliación y Arbitraje de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. 

Graciela Rosales/La Voz de Durango

En Durango, se contempla la instalación de dos tribunales laborales, uno en Durango capital y otro en la ciudad de Gómez Palacio, los cuales iniciarán con carga cero y remplazarán a las Juntas de Conciliación y Arbitraje de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STyPS) del Gobierno del Estado., declaró Esteban Calderón Rosas, presidente magistrado del Poder Judicial en el Estado de Durango (PJED).

Asimismo, señaló que será a partir de la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Laboral en México, que los conflictos laborales del sector privado sean resueltos en tribunales laborales dependientes de los poderes judiciales estatales.

Dicha implementación se dará en tres etapas, en la primera va Durango junto con otras nueve entidades. Hasta el momento se tiene como fecha límite para la entrada en vigor el primero de octubre del año en curso, contemplándose la instalación de tribunales laborales en la entidad.

Explicó que el Tribunal Laboral Burocrático del Poder Judicial del Estado de Durango, es un órgano jurisdiccional especializado, que como su nombre lo dice, dirime los conflictos laborales entre los trabajadores al servicio del estado y de los municipios, con motivo de las relaciones laborales; de los trabajadores entre sí; de los trabajadores con los sindicatos en los que se encuentren afiliados; y sindicatos, según lo establece la Ley Orgánica vigente del propio Poder.

Este tribunal, también es competente para conceder el registro de los sindicatos en su caso, y dictar la cancelación de los mismos, y efectuar el registro de las condiciones generales de trabajo. Las resoluciones del Tribunal Laboral Burocrático se emiten por unanimidad o por mayoría.

El Tribunal Laboral Burocrático es uniinstancial, se integra por tres jueces designados por el Consejo de la Judicatura, en términos de lo dispuesto en los artículos 121 de la Constitución Política del Estado y 35 de la Ley Orgánica antes citada.  Uno de sus integrantes funge como presidente de forma aleatoria según corresponda el turno de asuntos.  Además, se integra por: secretarios de acuerdos, actuarios y oficiales judiciales determinados por el Consejo de la Judicatura.

Los jueces del Tribunal Laboral Burocrático, tienen las mismas obligaciones y facultades que los demás juzgadores, establecidas en la Ley Orgánica ya mencionada, con excepción del ejercicio de la función notarial.

Hasta el momento, en Durango no se han presentado despidos injustificados en el sector gubernamental, por motivos de la pandemia; los presentados en el ámbito laboral privado no son competencia de este Tribunal y por ende tampoco lo son del Poder Judicial del Estado.