Ofrecen solución a pensionados de EU

Los días 6, 7 y 8 del mes en curso, en Guadalupe Victoria, Vicente Guerrero y Santiago Papasquiaro, respectivamente y deberán contar con un número de Seguro Social válido, propio.

Aarón Quiñones/ La Voz de Durango
El director General del Instituto de Atención y Protección al Migrante, Luis Ernesto García Barrón, informó que personal del Consulado General de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez estará presente en las “Jornadas de Servicios para Migrantes y sus Familias” dando resolución a las personas que trabajaron en Estados Unidos.
Las personas que pueden aplicar son quienes hayan trabado por más de 10 años en la Unión Americana con un seguro social válido y tengan 62 años o más, los solicitantes deben dirigirse de manera directa con el personal del Consulado y, ellos son quienes reciben la papelería y hacen el trámite, “en octubre del año pasado se atendieron a 200 personas, en lo que va del año se anotaron algunas personas y ya están cobrando su pensión”.
Estas acciones continúan gracias a la coordinación del Gobierno del Estado de Durango con el Consulado General de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez y como ejemplo el señor Felipe Contreras es una de las personas beneficiadas, hace unos meses entregó su papelería y tiempo después ya estaba cobrando su pensión.
Asimismo, el funcionario estatal explicó los requisitos para poder calificar a este beneficio que son: Tener un número de Seguro Social norteamericano propio, haber trabajado mínimo 10 años en Estados Unidos y contar con la edad mínima (62) o plena de jubilación (65 o más) para gozar del beneficio y dirección y teléfono donde se pueda localizar al interesado.
Los documentos que deben presentar son número de Seguro Social norteamericano con el que trabajó, acta de nacimiento, identificación oficial con fotografía (Pasaporte, INE, visa láser, credencial de la tercera edad o credencial escolar), y cuenta bancaria en México (Clabe Bancaria Estandarizada o Clabe Interbancaria).
Los candidatos para ser merecedores de este beneficio son: Ttrabajador o titular del número del Seguro Social norteamericano, esposas/esposos del trabajador (a), hijos menores de 18 años o con discapacidad, viudas/viudos del trabajador (a), padres dependientes del trabajador (fallecido).

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